El bien jurídico afectado en los delitos de torturas y contra la integridad moral es la integridad moral, entendida como el derecho a no padecer sufrimientos físicos o psíquicos que conlleven humillación, envilecimiento, cosificación o instrumentalización.
- En función de la gravedad del ataque al bien jurídico pueden distinguirse tres tipos de comportamientos: tortura, trato inhumano y trato degradante
+ Tortura
La tortura, que es el comportamiento más grave, tiene como finalidad obtener una confesión, castigar o discriminar a la víctima, y la comete una autoridad o funcionario público abusando de su cargo.
+ Trato inhumano
El trato inhumano, que sigue a la tortura en gravedad, provoca dolor físico o moral.
+ Trato degradante
El trato degradante, que es el comportamiento menos grave, provoca sentimientos de envilecimiento y humillación.
El Código Penal equipara al trato degradante conductas que, en realidad, guardan mayores semejanzas con los supuestos de coacción: el acoso laboral y el acoso inmobiliario. Sin embargo, sí puede entenderse que afecta a la integridad moral el ejercicio habitual de violencia en el ámbito familiar, tal y como está tipificado en el artículo 173.2 del Código Penal.
----------
- Otros delitos contra la integridad moral
+ Trata de seres humanos
+ Agresiones sexuales | Agrexión sexual: estudios, historia y actualidad
+ Abusos sexuales
+ Agresiones y abusos a menores de 13 años
+ Acoso sexual
+ Exhibicionismo y provocación sexual
+ Disposiciones comunes en los delitos contra la libertad sexual
----------
Fuente:
Apuntes de Esther Hava García (@sterhava), Doctora en Derecho, y Profesora de Derecho Penal en la Universidad de Cádiz.